Comerciantes de Funes City piden limitar rubros y fijar distancias mínimas para habilitar nuevos negocios

El planteo contrasta con el resto de Funes, donde supermercados, grandes superficies y comercios de cercanía conviven en zonas densamente pobladas. Además, abre interrogantes constitucionales sobre la propiedad y la libertad de comercio.

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Un grupo de comerciantes de Funes City pidió al Concejo Municipal que estudie una ordenanza para condicionar la habilitación de nuevos establecimientos según su superficie, la cantidad de rubros que concentren y la existencia de negocios cercanos que comercialicen productos similares.

La presentación quedó registrada como expediente 14.261/26-P, fue incorporada a la sesión del 27 de agosto y girada a la Comisión de Gobierno, Asuntos Institucionales, Cultura y Educación.

El planteo solicita establecer categorías según las dimensiones y actividades de los nuevos locales, controlar la variedad de productos que pueden vender, analizar la presencia de competidores cercanos y fijar una distancia mínima cuando exista una coincidencia sustancial de rubros.

También propone exigir una evaluación de impacto comercial y urbano para supermercados, bazares, polirrubros y establecimientos de gran superficie, además de evitar una supuesta concentración excesiva de determinadas actividades en un mismo sector.

Los firmantes aclaran que no buscan impedir inversiones ni eliminar la competencia. Sin embargo, las herramientas que proponen podrían producir precisamente ese resultado: restringir el ingreso de nuevos participantes para proteger a quienes ya se encuentran instalados.

¿Una zona sin competencia alrededor de cada negocio?

Llevado a un caso concreto, el pedido abre una pregunta central: ¿puede establecerse alrededor de una verdulería una zona imaginaria dentro de la cual ninguna otra verdulería pueda instalarse?

Si un nuevo comerciante encuentra un local habilitado para uso comercial y cumple con las exigencias urbanísticas, edilicias, sanitarias y de seguridad, ¿podría el municipio rechazar su apertura solamente porque en las cercanías ya existe otro establecimiento que vende los mismos productos?

La discusión también involucra al propietario del inmueble. Una cosa es que el municipio ordene los usos del suelo, establezca condiciones de seguridad o evalúe impactos concretos sobre el tránsito y la infraestructura. Otra muy distinta es que impida desarrollar una actividad lícita para preservar la clientela o la rentabilidad de un negocio preexistente.

El pedido incluye, además, un tratamiento diferencial para los comerciantes actuales que necesiten ampliar o trasladar sus negocios dentro del barrio, siempre que mantengan la misma titularidad o continuidad comercial. Ese criterio permitiría crecer a quienes ya operan en la zona, pero podría imponer mayores restricciones a nuevos titulares en condiciones equivalentes.

La alerta constitucional

La Constitución Nacional reconoce los derechos de trabajar, ejercer una industria lícita, comerciar y usar y disponer de la propiedad. También establece la igualdad ante la ley y determina que las reglamentaciones no pueden alterar los derechos que pretenden ordenar.

Los derechos de propiedad y comercio no son absolutos y pueden ser reglamentados. Pero cualquier limitación debe responder a un interés público concreto, resultar razonable y aplicarse mediante criterios objetivos. La protección de determinados comerciantes frente a la competencia privada presenta un fundamento más discutible que una restricción vinculada con la seguridad, el ambiente, la circulación o la planificación urbana.

También entran en juego los consumidores. El artículo 42 de la Constitución protege su libertad de elección y obliga a las autoridades a defender la competencia frente a las distorsiones del mercado. Una mayor cantidad de oferentes puede representar más variedad, mejores precios y mejores servicios.

En la misma dirección, la Ley Nacional de Defensa de la Competencia protege el acceso al mercado y contempla como restrictivas las prácticas destinadas a impedir, dificultar u obstaculizar el ingreso de terceros.

Esto no significa que la presentación sea inconstitucional: los comerciantes ejercieron legítimamente su derecho a peticionar ante las autoridades. La alerta aparecería si sus propuestas fueran trasladadas a una ordenanza que establezca barreras de ingreso, privilegios para los establecimientos actuales o restricciones carentes de una justificación urbana objetiva.

Particular atención merece la excepción solicitada para los negocios actuales. Una regulación que permita ampliar o relocalizarse a quien ya opera en el barrio, pero impida hacerlo a un nuevo titular en condiciones equivalentes, necesitaría una justificación objetiva y técnicamente sólida para no transformarse en un privilegio.

Una realidad diferente en el resto de Funes

El planteo también contrasta con la manera en que funciona el comercio en otros sectores de Funes. Los supermercados y establecimientos de mayor superficie que llegaron a la ciudad se instalaron en zonas densamente pobladas, donde previamente ya existían almacenes, verdulerías, carnicerías y distintos comercios de cercanía.

Ambos formatos conviven dentro de los mismos corredores sin que se hayan establecido distancias de exclusividad alrededor de cada negocio. La experiencia de la propia ciudad, por lo tanto, no demuestra que la presencia de una gran superficie provoque necesariamente la desaparición de los establecimientos pequeños.

Antes de impulsar una regulación específica para Funes City, el Concejo deberá determinar si existe un problema urbanístico particular que justifique un régimen diferente y por qué esos criterios no se aplicarían en el resto de la ciudad.

También deberá distinguir entre el interés público y el interés sectorial. Proteger al pequeño comerciante puede ser un objetivo legítimo, pero no necesariamente supone impedir la llegada de un competidor. Existen otras herramientas, como mejoras de infraestructura, seguridad, accesibilidad, capacitación o alivio tributario, que no afectan los derechos de propietarios, nuevos inversores y consumidores.

Por ahora no existe un proyecto de ordenanza redactado. Se verá qué posición adopta el Concejo y si considera que el pedido constituye una herramienta de ordenamiento comercial o un intento de crear zonas protegidas de la competencia dentro de la ciudad.



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