¿Cuáles serán las nuevas reglas de juego para gastronómicos, salones de fiestas, recitales y demás eventos recreativos?

Zonificación, horarios, aforo y protección contra la contaminación acústica, son algunos ejes de la normativa

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Impulsado por el Concejal de Juntos por el Cambio, Carlos Olmedo, se aprobó este jueves una ordenanza que regula las actividades de noche en la ciudad. “La recreación nocturna necesita ser tenida en cuenta y mi equipo escuchó y trabajó para satisfacer esa demanda”, explicó el edil destacando la labor de Santiago Carloni, para que hoy Funes cuente con una Ordenanza de Nocturnidad.

Yendo a la letra puntual de la nueva normativa, la ordenanza contempla horarios de funcionamiento, condiciones de seguridad e higiene y estándares de protección contra la contaminación acústica de modo de promover la realización de esas actividades económicas en conformidad con pautas de convivencia ciudadana, procurando un adecuado equilibrio entre el desarrollo del esparcimiento y ocio nocturnos, protegiendo el derecho al descanso de los vecinos. 

Además de las exigencias vinculadas a la zonificación, aforo y protección acústica para evitar ruidos molestos, la norma también exige para aquellas actividades comerciales nocturnas, la presentación de un plan de gestión de riesgos ante una posible evacuación en caso de emergencia. También exige la contratación de un servicio de emergencias médicas  y de un seguro de responsabilidad civil con cobertura contra todo riesgo, de acuerdo a lo exigido para cada actividad. 

En relación a la actividad nocturna y su convivencia con los vecinos, además de la exigencia de contar con obras de aislamiento acústico y vibratorio, según el tipo de local en cuestión, se deberá presentar un plan de cuidado y preservación del espacio público así como un plan de limpieza e higiene del entorno en caso de actividades orientadas a los espectáculos en espacio público. 

La norma además contempla la presentación de un plan de seguridad junto a la solicitud de habilitación de acuerdo a lo exigido para cada actividad. Contando con un sistema de videovigilancia en los casos que corresponda. 

Si bien la ordenanza es minuciosa y separa los horarios de funcionamiento de acuerdo a cada actividad nocturna, destacamos los dos rubros de mayor funcionamiento en la ciudad: 

Horarios de Funcionamiento de Locales Gastronómicos

Para el uso de instalaciones interiores cerradas: todos los días desde las 20:00 hasta las 2:30 horas del día siguiente.

Horarios para el uso de patios abiertos y del espacio público: de domingos a jueves hasta la hora 1:00 del día siguiente; viernes, sábados y vísperas de feriados hasta las 2:30 horas del día siguiente. 

Programación musical en vivo: de jueves a domingos hasta las 24:00 horas.

Horarios de Funcionamiento de Salones de Fiestas

De domingos a jueves desde las 8:00 hasta la 24:00 horas. Viernes, sábados y vísperas de feriados desde las 8:00 hasta las 6:00 horas del día siguiente. – Quienes desarrollen esta actividad en locales habilitados bajo esta categoría podrán requerir autorizaciones específicas a efectos de organizar actividades de baile matiné una vez por semana los días viernes o sábados. 



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