“Como en Estados Unidos”: ya no habrá que ir personalmente a renovar la licencia de conducir

Así lo anunció el Ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger. En las próximas semanas darán más detalles de los cambios que se implementarán.

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El Gobierno está implementando importantes cambios en el proceso de renovación de la licencia de conducir. Federico Sturzenegger, Ministro de Desregulación y Transformación del Estado, anunció que en las próximas semanas se presentarán los detalles de estas modificaciones.

Entre las novedades, destacó que la renovación del carnet ya no requerirá la presencia física del solicitante, similar a lo que ocurre en Estados Unidos.

En una entrevista radial, Sturzenegger mencionó que se llevará a cabo una reforma integral del Código de Tránsito, aunque deberá ser homologado por las provincias.

«El proceso de renovación ya no necesitará que las personas se presenten en persona. Simplemente tendrán queverificar que se encuentran en buen estado psicofísico y enviar el certificado correspondiente», explicó.

Sin embargo, esta nueva modalidad no aplicará a los mayores de 65 años, quienes deberán realizar el trámite de manera presencial para revalidar los estudios y la aptitud para estar al volante.

«A partir de esa edad, es necesario que el proceso sea más frecuente por razones de seguridad y salud», aclaró el ministro

Además, Sturzenegger indicó que el objetivo es agilizar el sistema y evitar que la renovación se convierta en un mero mecanismo de recaudación para los municipios, aunque este trámite seguirá dependiendo de los gobiernos provinciales.

Vale destacar que las fuerzas de seguridad y control ya no pueden pedir ni demorar a una persona por manejar un auto ajeno, ya que desde mayo quedó desafectada la obligatoriedad de presentar la tarjeta azul como documento identificatorio cuando se publicó la Disposición 29/2024.

Sin embargo, hay una nueva manera que reemplaza y sí valida su posición al volante. “El titular registral podrá solicitar que su propia cédula sea visualizada en el perfil digital de uno o más terceros determinados”, según se informa en el artículo 5 de la disposición.

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