En la reglamentación del Paquete Fiscal, el Ministerio de Economía amplió los beneficios al sector privado comprendidos en la norma y definió que ya NO habrá más retenciones a cuenta de Ganancias e IVA a los comercios en las ventas con tarjetas de débito, crédito, compra y similares, los agrupadores, los agregadores y los demás procesadores de medios electrónicos de pago.
El artículo 102 del Paquete Fiscal definía que estas excepciones tenían un límite equivalente a 10.000 Unidades de Valor Adquisitivo (UVAs).
“La medida representa un enorme beneficio al sector privado formal que invierte y apuesta al crecimiento de la economía argentina”, expresó el Ministro Luis Caputo desde su cuenta en “X”.
Según Caputo, “La medida permitirá fomentar la formalización de las transacciones, la inclusión financiera y reducir los costos de los sistemas de pagos.
También permite avanzar en los objetivos del Gobierno Nacional de impulsar la actividad económica y fomentar la utilización de los medios de pago que otorgan mayor transparencia y formalidad a la economía”.
El Gobierno Nacional también convoca a las provincias a que se adhieran a este régimen y eliminen las retenciones de Ingresos Brutos y otros tributos locales que se hayan establecido sobre los pagos comprendidos en la medida.
La norma que será publicada en el Boletín Oficial esta semana implica que se dejan sin efecto los regímenes de retención mencionados para los pagos que se efectúen a partir del 1° de septiembre de 2024, inclusive.