El Gobierno liberó el precio de las garrafas. 

¿Cuáles son los precios de referencia?

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El mercado de garrafas de gas da un paso más en el objetivo de desregulación que busca el Gobierno y alcanza nuevos precios luego de la liberalización parcial dictada en el Boletín Oficial.

En concreto, se elimina el concepto de precios máximos para reemplazarlos por “precios de referencia”, que a partir de ahora serán de 8.500 pesos para la garrafa de 10 kilos, de $10.200 para la de 12 kg y de $12.750 para la de 15 kg.

“El incremento allí determinado constituye una instancia transitoria a fin de paliar la actual situación económica del sector, y garantizar el abastecimiento del mercado interno, hasta tanto se adopten las medidas necesarias teniendo en cuenta el objetivo de desregularización del mercado de GLP”, justificaron.

A su vez, anticiparon que la desregulación del mercado de precios de GLP producirá una mayor eficiencia en lo económico y estimulará la inversión, produciendo de esta forma una mejora progresiva en cuanto a una amplia competencia logrando elevar al mercado de GLP local a estándares internacionales.

Respaldo de las productoras de garrafas

Las cámaras del sector coinciden con esta visión y destacan que se trata de una medida positiva. “Se está yendo hacia lo acordado en la Ley Bases que es que el Ejecutivo no intervenga en el precio de los hidrocarburos. Es una liberación parcial. La oferta y la demanda van a autoregular el precio en competencia con otras energías” indicó Pedro Cascales, presidente de CEGLA (Cámara de Empresas Argentinas de Gas Licuado).

Es positivo, va a incentivar las inversiones y la generación de empleo. Hay mucha competencia y por ende los precios no creo se disparen. Desde enero no tuvieron incrementos, o sea que este nuevo precio es un 13% frente a más de un 80% de inflación acumulada”, añadió.

En el sector consideran que la fijación de precios máximos atentó contra la viabilidad de la actividad y desalentó la oportunidad de expandir la producción, incluso con una mirada de exportación.

“Entre aquellos objetivos señalados en el Artículo 7° de la Ley N° 26.020, se encuentra el de promover la competitividad de la oferta y la demanda de GLP y alentar su expansión, particularmente en aquellos hogares donde resulte antieconómico el desarrollo de redes de distribución de gas natural; y propender a que el precio del GLP al consumidor final sea el resultante de los reales costos económicos totales de la actividad en las distintas etapas, para que la prestación del servicio se realice con las debidas condiciones de calidad y seguridad, tendiendo a su evolución sostenible, desarrollo en el largo plazo y en niveles equivalentes a los que internacionalmente rigen en países con dotaciones similares de recursos y condiciones”, justifican en el Ejecutivo.



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