ARCA suspende tarjetas y bloquea transferencias a un grupo de contribuyentes desde junio

Una de sus medidas fiscales más polémicas, que puede restringir las transferencias y afectar el uso de tarjetas de crédito y débito a ciertos contribuyentes que integren una «lista negra, con mala nota, aquellos usuarios que integren su «Base de Contribuyentes no Confiables»

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) confirmó que, en el mes de junio, se mantendrá una de sus medidas fiscales más polémicas, que puede restringir las transferencias y afectar el uso de tarjetas de crédito y débito a ciertos contribuyentes que integren una «lista negra».

Es que el organismo fiscal anunció que seguirá vigente la disposición del Banco Central de la República Argentina (BCRA), que instruye a bancos y fintechs a bloquear las cuentas de aquellos usuarios que integren su «Base de Contribuyentes no Confiables».

De esta manera, todas las personas y empresas cuyos CUIT estén incluidos en esta base no podrán realizar operaciones como:

  • Pagos con transferencia (PCT): transferencias de dinero entre cuentas bancarias o fintech, como el QR.
  • Adquisición de bienes y servicios con tarjetas: uso de credenciales de crédito, débito o prepagas.

Cabe recordar que la «Base de Contribuyentes no Confiables» incluye las CUIT que estén limitadas por el organismo debido a que se detectaron irregularidades que no se pudieron verificar o constatar.

De esta forma, se limita el uso de algunos servicios hasta que se constaten dichas irregularidades y la persona responsable pueda regularizar o explicar la situación.

Sin embargo, que se mantenga esta política, que llegó el año pasado, no es una noticia bien recibida por muchos, ya que dificulta el desarrollo normal de las actividades comerciales de este grupo de personas. Además, hay casos en los que estas presunciones de incumplimiento son erróneas, lo que genera un perjuicio innecesario.

Cómo salir de la «lista negra» de ARCA, ex AFIP

En este sentido, hay que remarcar que los incumplimientos que pueden llevar a que una persona aparezca efectivamente en la «lista negra» de la ex AFIP incluyen la falta de registro del domicilio fiscal electrónico (obligatorio y sujeto a verificación) o la no presentación de declaraciones juradas de impuestos vencidos, entre otros.

En concreto, las faltas que pueden afectar la calificación y deben evitarse están enumeradas en la Resolución General Nº 3832/2016, en una lista que incluye:

  • Constituir el domicilio fiscal electrónico.
  • Registrar y aceptar los datos biométricos.
  • Actualizar en el Sistema Registral el código de actividad.
  • Declarar y actualizar, cuando corresponda, el domicilio fiscal, así como los domicilios de los locales y establecimientos.
  • Dar de alta los impuestos según la forma jurídica adoptada por el responsable.
  • Contar con una cantidad mínima de integrantes según el tipo societario declarado.
  • Presentar las declaraciones juradas determinativas vencidas en los últimos 36 meses.
  • Presentar las declaraciones juradas informativas vencidas en los últimos 12 meses.

Según especificó el BCRA, las entidades financieras están obligadas a consultar de forma periódica la lista en la que se encuentran las personas con «mala nota» por tener alguno de estos incumplimientos y bloquear tanto los pagos como los cobros a quienes estén en ella.

La solución para estos inconvenientes dependerá de que los contribuyentes regularicen las irregularidades detectadas por ARCA, con el objetivo de restablecer el estado activo de su CUIT y habilitar el acceso a todos los servicios asociados.

Para ello, se debe enviar una Presentación Digital con el trámite «Estado administrativo de la CUIT. Reactivación presencial», que será evaluado y cuya decisión será posteriormente comunicada por la ex AFIP a través del Domicilio Fiscal Electrónico de la persona responsable de la Clave Única.

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